El estatus "mise en sommeil"

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El estatus "mise en sommeil"

Si desea suspender temporalmente la actividad económica de su empresa francesa, existe un procedimiento conocido como "mise en sommeil".

Esta acción consiste en detener su actividad con vistas a reanudarla en un momento más oportuno. El proceso puede durar hasta un máximo de dos años.

Por tanto, En primer lugar, el proceso solo es aplicable a la sede. Para un establecimiento secundario, la única opción posible es su cierre.

En segundo lugar, el proceso se llama "mise en sommeil" si su empresa está integrada por más de un miembro (SL, SA…) o "cessation d'activités" para una empresa individual. Aunque esencialmente lo mismo, hay algunas pequeñas diferencias administrativas.

¿POR QUÉ HACER UNA PAUSA EN SU ACTIVIDAD PROFESIONAL?

Puede haber varias razones por las cuales una empresa decide cesar su actividad, como involucrarse en un proyecto diferente, problemas personales o familiares, una disminución en la popularidad del negocio... Cualquiera que sea la situación de la empresa, esta decisión se toma generalmente cuando el director no desea dar por terminada la actividad de la empresa permanentemente para así poder determinar el futuro de la misma.

Sin embargo, es importante considerar dos puntos:

• No se puede establecer un "mise en sommeil" en caso de falta de liquidez o quiebra. En ese caso, la empresa debe ser objeto de una operación de disolución-liquidación. Si el proceso se usa para tratar de ocultar la falta de fondos, el director deberá responder por ello personalmente.

• El estatus no puede durar más de dos años (1 año para una empresa individual, renovable una vez). En caso de excederse, el tribunal de Comercio le informará mediante correo certificado y procederá a la disolución de su empresa.

CÓMO SOLICITAR EL "MISE EN SOMMEIL"

Pese a que el director de la empresa puede por sí mismo decidir el cese temporal de la actividad económica (salvo que se haya expresado en los estatutos de la empresa que no es posible), es recomendable mantener una asamblea general extraordinaria para acordarlo.

El siguiente paso es declararlo en el "Centre de formalités des entreprises" (CFE), para que se registre la modificación en el tribunal de Comercio. Dicha formalidad puede realizarse también directamente en el tribunal.

Bajo un punto de vista administrativo, es necesario presentar un formulario 'M2', utilizado para cualquier modificación de la empresa, para declarar este cese. Dicho formulario debe estar firmado e idealmente registrado por el director de la empresa o, por defecto, por un tercero habilitado. Una vez que el CFE lo haya recibido, publicará automáticamente la actualización en el boletín francés para anuncios comerciales y civiles (conocido como BODACC). El coste de este procedimiento es de 190,24 € si la empresa tiene más de un miembro o 104,34 € en caso de ser una empresa individual.

Si bien no es necesario desde el punto de vista legal publicar un anuncio en un diario de anuncios legales, puede ser útil informar a sus posibles clientes sobre su nuevo estado. Sin embargo, implica un coste adicional.

¿CUALES SON SUS OBLIGACIONES?

Si bien las obligaciones de una empresa con el estado "mise en sommeil" son menores que las de una totalmente operativa, existen algunos procedimientos que aún deberá realizar:

  • Durante el primer año de "mise en sommeil", debe pagar las tasas del CFE. Tras el transcurso del mismo, está exento de hacerlo.
  • Debe pagar el IVA correspondiente a la empresa.
  • En caso de ser una empresa individual, deberá renovar el "mise en sommeil" después del primer año si desea prolongarlo.
  • Al declarar sus impuestos, debe agregar la mención "néant" (no-ser) de su empresa para indicar que no se lleva a cabo ninguna actividad profesional.
  • Las cuentas de su empresa deben declararse y aprobarse cada año comercial sin excepción.
  • El nuevo estado de su empresa debe reflejarse en su k-bis en forma de "no operativo desde FECHA", seguido del número k-bis de su empresa.

El estado “mise en sommeil” se debe concluir pasado un periodo de dos años, tras el cual será necesario retomar la actividad profesional o liquidar la empresa.