La empresa unipersonal II: la SASU

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Una SASU es una de las varias formas jurídicas elegidas por empresarios que quieren emprender un negocio en solitario.

Una SASU, que se podría traducir como Sociedad Unipersonal por Acciones Simplificadas, es uno de los dos tipos de empresa formadas por un asociado único. En el caso de la SASU, dicho asociado puede tratarse de una persona física o moral. Esta forma jurídica, junto a la SAS (que es prácticamente lo mismo que una SASU, con la diferencia del tamaño y número de asociados) es única ya que solo existe en Francia como resultado de un hibrido entre la ley francesa y la llamada Common Law.

En una SASU, se aplican frecuentemente las mismas reglas que en una SAS. Dichas reglas son, por ejemplo, un euro de capital mínimo para su constitución, libertad para operar y transferir acciones, responsabilidad financiera limitada a la contribución hecha, etc. No obstante, una SASU disfruta de mayor flexibilidad debido a la presencia de un solo asociado.

Es importante tener en cuenta que una SASU se puede utilizar para llevar a cabo una actividad comercial, artesanal, agraria o una profesión liberal, pero esta forma jurídica no es válida para los campos relacionados con el derecho, la jurisprudencia ni la salud.

Características de una SASU  

Como ya se ha mencionado, una SASU consiste de un asociado único (persona física o moral). La responsabilidad del asociado se limita al monto de capital aportado a la SASU.

Además, el asociado único determina libremente en los estatutos las reglas de organización de la SASU y designa al director, conocido en este caso como “presidente”. El nombre del presidente de la sociedad debe aparecer en los estatutos porque será el representante legal de la empresa. Puede tratarse de una persona física o moral (al contrario que en una EURL, donde solo se permite que el gerente de la empresa sea una persona física) y será el responsable del negocio a todos los efectos.

Una SASU está sujeta la mayoría de veces al impuesto de sociedades (abreviado IS en francés). Sin embargo, es bueno saber que existe también la opción de tributar por medio del impuesto sobre la renta (IR), al igual que en una empresa individual y en una EURL, si el presidente así lo decide y cumple con los siguientes requisitos:

  • No sobrepasar los cinco años de existencia en el momento de la solicitud.
  • Realizar una actividad comercial, artesanal, agraria o una profesión liberal, con las excepciones mencionadas anteriormente.
  • Tener unos beneficios (o balance de cuentas total) de menos de 10 millones de euros.
  • Emplear a menos de 50 personas.
  • No cotizar en bolsa.

Una SASU es próxima a la SAS en su organización y, por ello, es muy posible cambiar entre ambas formas legales sin necesidad de hacer ninguna modificación en los estatutos de la empresa.

La documentación a entregar para la creación de una SASU

Con el fin de crear una SASU, es necesario registrar un dossier completo en el Centro de formalidades de empresa (conocido como CFE). El dosier debe incluir la siguiente documentación:

  • La copia de los estatutos de la SASU incluyendo la fecha y la firma del asociado único.
  • Una copia de un contrato de domiciliación, de arrendamiento, etc. para atestar la dirección de la sede social de la empresa.
  • Una copia del aviso de creación de la SASU en una publicación de anuncios legales (conocido en Francia como JAL).
  • Un formulario M0 debidamente completado por el asociado único.
  • Un extracto de cuenta que demuestre el depósito de capital.
  • Un certificado de antecedentes penales del presidente designado que pruebe que no ha sido condenado anteriormente.
  • Una copia del DNI del asociado único y del presidente si no se trata de la misma persona.
  • La cuota de registro en el Tribunal de comercio.

Los documentos de constitución de la SASU lo debe depositar el fundador (asociado único) o cualquier persona con el poder pertinente para actuar en su nombre, en el CFE correspondiente, según la naturaleza de la empresa. Se examina en unos días y debe contener todos los documentos al completo para permitir la creación de la empresa. Tras la transmisión al Registro de comercio y sociedades (abreviado como RCS en Francia) se obtiene el extracto K-bis de la empresa. En el caso de una SASU, obtener el K-bis para demostrar que la empresa opera dentro del marco de la legalidad no es el único objetivo. Sin el K-bis, el capital de constitución de la SASU permanece bloqueado y no se puede liberar hasta no facilitar el extracto.